29 d’abril de 2009

Pluja fina per la llei de Llengües












Imatges de: José Miguel Gracia

Pluja fina a Brussel·les el 28 d’abril, quan un grup de persones que han viatjat a la capital europea sota el paraigües —mai millor dit— de la Chunta Aragonesista s’acrediten a l’entrada del Parlament Europeu. Com a dirigents de la CHA són presents: Chesus Bernal, portaveu del partit a les Corts d’Aragó, Miguel Martínez Tomey, secretari de Política Cultural, Ignacio López Susin i altres dirigents i militants. També hi havia representació del Lligallo de Fablans, Consello d’a Fabla i Nogarà. Pel que fa referència a les associacions de defensa del català a l’Aragó, el grup estava format per Artur Quintana, president de ICF, Ramon Sistac, representant a CERIB, Màrio Sasot, director de Temps de Franja, Natxo Sorolla, sociolingüista, i jo mateix, com a president d’ASCUMA.
El Parlament Europeu és una institució que rep força visitants, i així es feia palès el passat dia 28 d’abril. Com a grup més selectiu, ens van explicar el seu funcionament amb tota mena de detalls, visita a l’hemicicle i anecdotari inclosos. Atès que l’informant era lleidetà, pràcticament tota la intervenció la va fer en català, la qual cosa va estar demanada, tant pels catalanoparlants com pels membres de la CHA i parlants de l’aragonès. Després, el diputat Mikel Irujo, gran coneixedor de la institució i del funcionament de les llengües, compartí amb el grup mitja hora, parlant de les seues experiències i deixant ben paleses les possibilitats i facilitats amb relació a les llengües minoritàries europees. Malgrat que coneixia la situació del català i de l’aragonès a l’Aragó, les manifestacions del reunits li van fer doldre’s del fet de que no s’hagi presentat encara la Llei de Llengües a les Corts Aragoneses. Sempre són les raons polítiques que s’hi imposen als drets lingüístics dels pobles, si aquests no ho reivindiquen, expressà en el transcurs de la seua intervenció.
Després d’un dinar distés i agradable a la Place Jourdan —no per als periodistes que van haver d’enviar les primeres cròniques—, el grup s’enfilà cap a la seu de la Comissió Europea, Palace Berlaymon. Pel camí, l’Artur Quintana em va fer el següent comentari: tots plegats, diputats, funcionaris, membres dels lobbies, etc, viuent més persones al voltant del Parlament Europeu que a la ciutat de Terol. Tenia tota la raó.
Solucionades unes petites dificultats logístiques, va tenir lloc la reunió amb el senyor Johan Häggman, Responsable de Llengües Regionals i Minoritàries (multilingüisme i sensibilització). Finalitzada la presentació del senyor Häggman sobre les tasques de la seua cartera, intervingueren els senyors Màrio Sasot, Miguel Martínez Tomey, Chuse Ignacio Navarro, Ignacio López i Natxo Sorolla. La suma de totes les intervencions van dibuixar el panorama i la realitat de l’aragonès i el català —patrimoni de tots els aragonesos— en els moments actuals, reflectint el progressiu deteriorament d’ambdues llengües i la deixadesa i manca de protecció dels drets dels parlants. Com a resum, tothom estigué d’acord en la urgent necessitat de presentar, per part del Govern d’Aragó, el projecte de Llei de Llengües a les Corts d’Aragó, el qual ha esdevingut també, en el transcurs del temps, nus gordià d’altres lleis. Molt li sobtà al senyor Häggman, que aquesta llei no estigués ja promulgada des de fa molt de temps… Prengué el dossier que li entregà el senyor Martínez Tomey per al seu estudi i posterior informació, tot encoratjant governants i estudiosos a demanar els ajuts econòmics i suports tècnics a la Comissió Europea per a la protecció de les dues llengües minoritàries d’Aragó.
Més tard i novament al Parlament, unes quantes persones acreditades a l’efecte, donaren una roda de premsa. Afirmacions com: “el govern d’Aragó no té cap excusa per a no desenvolupar la llei”, “Aragó és l’única comunitat autònoma espanyola que no ha legislat al respecte”, “aquesta llei s’ha convertit en nus gordià”, “les llengües són patrimoni de la humanitat”, “hi ha un perill seriós de perdre’s la transmissió generacional”, etc., hi sonaren amb rotunditat.






Uns varem fer el viatge de tornada el mateix dia, i el gruix del grup al dia següent.







De: http://finestro.wordpress.com/2009/04/29/puja-fina-per-la-llei-de-llengues/

Aragón es la única comunidad autónoma con lenguas propias que todavía no ha legislado





Europa:
Aragón es la única comunidad autónoma con lenguas propias que todavía no ha legislado
El responsable de las lenguas minoritarias de la Comisión Europea, Johan Häggman, ha ratificado, en la reunión mantenida esta tarde con CHA y representantes de los colectivos que trabajan por las lenguas de Aragón, la necesidad de protegerlas y la existencia de líneas de financiación europeas para llevar a cabo estas acciones.
CHA ha trasladado, tanto en la Comisión europea como en el Parlamento europeo la necesidad de que se pongan en marcha acciones positivas para impulsar una Ley de Lenguas en Aragón.La entrevista mantenida con Johan Häggman, responsable europeo de las lenguas minoritarias en Europa, ha tenido lugar dentro del viaje realizado por una delegación de 24 personas, representantes de CHA y de los colectivos que trabajan tanto por el aragonés como por el catalán, lenguas minoritarias de Aragón (Ligallo de Fablans, Consello d’a Fabla, Nogará, Centro de estudios ribagorzanos, Rolde de estudios aragoneses y Asociación Cultural del Matarranya).Del encuentro mantenido con Johan Häggman ha destacado, tal y como señala Miguel Martínez Tomey, Responsable de Asuntos Europeos de CHA, “la apuesta de Europa por las lenguas minoritarias y por la necesidad de que se preserven, enseñen y se difundan. Además ha señalado que existen unas líneas de financiación europeas que permiten el desarrollo de las políticas dirigidas a la protección, difusión y oferta pedagógica”.Häggman ha destacado la importancia de que las CCAA se encarguen de desarrollar estas políticas y que Europa está por la labor de impulsar esta realidad. Chesús Bernal, portavoz del Grupo Parlamentario de CHA en las Cortes de Aragón, que ha asistido a esta misión, añade además que “tras conocer la disposición europea, somos conscientes de que el Gobierno de Aragón no tiene ninguna excusa para no desarrollar una Ley de Lenguas. Somos la única comunidad autónoma que no cuenta con esta Ley”.En este sentido, Bernal también ha destacado que “la disposición de la Comisión europea ante este tema supone un severo tirón de orejas al Presidente Iglesias porque hace 10 años que prometió una Ley de Lenguas que todavía no ha querido llevar a las Cortes de Aragón”.
De: http://www.chunta.org/DatosNotasPrensa.php?Clave=2340

EL CERIB PARTICIPARÀ AL RECERCAT A FIGUERES

El proper 16 de maig FIGUERES acull una nova edició del RECERCAT. Jornada de Recerca i cultura Local dels Territoris de Parla Catalana, en una nova edició desprès de les realitzades a les diferents Capital de la Cultura Catalana: Esparraguera, Amposta, Lleida i Perpinyà. Com cada any el CERIb hi serà present a la Fira i les activitats del dissabte 16 de maig. A l'stand de "Lleida-La Franja-Andorra" així com en altres espais de la fira es farà difusió de les diferents activitats i publicacions del CERIb. L'any passat el CERIb va compartir stand amb centres propers com l'Institut d'Estudis Ilerdencs, Societat Andorrana de Ciències, Associació Cultural del Matarranya, Fundació Arnau Mir de Tost o Amics del Museu de Lleida en un esdeveniment que assisteixen prop de vuitanta centres d'estudis i prop de dues-centes perseones vinculades directament a les juntes directives dels diferents centres locals i comarcals dels territoris de parla catalana.
Per a més informació i programa definitiu:

28 d’abril de 2009

AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y PUBLICACIONES DE LA COMARCA DE LA RIBAGORZA PARA EL EJERCICIO 2009.

COMARCA DE LA RIBAGORZA
2926
Se hace público para general conocimiento de las Entidades Locales, Asociaciones
y Entidades interesadas, que mediante acuerdo del Consejo de esta
Comarca de La Ribagorza, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 25 de
marzo de 2009, fueron aprobadas las convocatorias de subvenciones de distintas
actividades a desarrollar en el ámbito de esta Comarca.
Dichas convocatorias se regirán, además de lo establecido por las mismas,
por la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón, por el Decreto 347/2002,
de 19 de noviembre del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento
de Bienes, Actividades, Servicios y Obras del Gobierno de Aragón, por las
Bases de concesión de subvenciones contenidas en las Bases de ejecución del
Presupuesto General de esta Comarca de la Ribagorza.
Las solicitudes de las distintas subvenciones se ajustarán al modelo que
figura como Anexo al presente anuncio.
El acuerdo por el que se aprueban estas bases pone fin a la vía administrativa,
pudiendo interponer contra el mismo, de acuerdo con lo dispuesto en le Ley
3011992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones Públicas
y Procedimiento Administrativa Común y en la Ley 29/1988, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, alternativamente
1842 27 abril 2009 B. O. P. HU.- N.º 78
o recurso de reposición potestativo ,e n el plazo de un mes ante el misma órgano
que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contenciosa
administrativo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de
esta resolución . Si se potara por interponer el recurso de reposición potestativo
no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime
pertinente.
En Graus, a 20 de abril de 2009.- El presidente, José Franch Aventín
BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS
DE INVESTIGACIÓN Y PUBLICACIONES DE LA COMARCA DE LA
RIBAGORZA PARA EL EJERCICIO 2009.
PRIMERA.- BENEFICIARIOS DE LA SUBVENCIONES
Podrán solicitar subvenciones personas físicas, asociaciones, legalmente
constituidas, o equipos de investigación con domicilio en el ámbito territorial de
la Comarca de La Ribagorza.
SEGUNDA.- OBJETO DE LAS AYUDAS
Es objeto de las presentes bases el regular la concesión de ayudas para:
1) Realización de trabajos de investigación de las ramas de Humanidades y
Arte, referidos a la Comarca de La Ribagorza.
2) Publicaciones de trabajos de interés cultural.
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Las solicitudes deberán presentarse en La Comarca de La Ribagorza, sita en
Pza. Mayor, 17 de Graus, pudiendo utilizarse el procedimiento establecido en el
art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Deberá acompañar a la petición la siguiente documentación:
- Solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Comarca de La Ribagorza,
según modelo que figura como Anexo I en esta convocatoria, cumplimentada y
firmada por el autor o representante legal de la entidad.
Se deberá cumplimentar una solicitud por cada petición.
- Fotocopia de los Estatutos de la Entidad solicitante.
- Currículum vitae del autor o equipo.
- Proyecto del trabajo a realizar que deberá constar de: título, resumen del
proyecto, objetivos, plan de trabajo, bibliografía y presupuesto detallado.
- Declaración de no haber solicitado ni obtenido ayuda de otras Entidades
para el mismo trabajo.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a
partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Si en la solicitud se apreciase la ausencia de alguno de los documentos exigidos
en la presente convocatoria, se requerirá al solicitante para que los aporte
en el plazo máximo de diez días hábiles. En caso de no hacerlo dentro de este
plazo se procederá al archivo del expediente, previa resolución dictada al efecto.
CUARTA.- CUANTÍA DE LA AYUDA
El importe total de dichas ayudas, que ascenderá a un máximo de 8.000,00
€, se aplicará a la partida 09009-451.481.02 de los Presupuesto de la Corporación
para el ejercicio 2009.
QUINTA.- ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La valoración de las solicitudes presentadas corresponderá a la Comisión de
Cultura, Educación, Juventud y Deportes, asistidos por los técnicos que se consideren
oportunos. El Presidente de esta Comisión elevará al Presidente de la
Comarca las correspondientes propuestas de concesión de ayudas.
Los criterios de selección que se establecen para la concesión de estas ayudas
son:
- la originalidad.
- el carácter innovador de los proyectos.
- los contenidos, objetivos, metodología y proyección de futuro del proyecto.
SEXTA.- RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES
El plazo máximo de resolución y notificación al interesado será de tres meses,
contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Transcurrido este plazo, la falta de resolución y notificación producirá
efectos desestimatorios.
El número de ayudas concedidas y su cuantía estará supeditado a las solicitudes
recibidas y al crédito total presupuestado.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de estas subvenciones quedan obligados al cumplimiento
de las siguientes estipulaciones:
- A aceptar la subvención otorgada y las condiciones derivadas de su otorgamiento,
entendiéndose por aceptada si en el plazo máximo de quince días, contados
desde el día siguiente de su notificación, los beneficiarios no renuncian
por escrito a la misma.
- A hacer constar en la publicación la colaboración de la Comarca de La
Ribagorza.
- A facilitar, a los seis meses de la concesión de la ayuda, un informe sobre la
marcha del trabajo.
- A entregar, al finalizar el trabajo, un ejemplar del mismo impreso y una
copia en soporte magnético.
- A admitir la presencia y cumplimentar la información que le sea solicitada
por la Comarca.
- A la cesión no exclusiva a la Comarca de La Ribagorza de los derechos de
explotación del trabajo subvencionado, que podrá editarlos y utilizarlos, según
lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social;
así como de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario, previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre,
General de Subvenciones.
OCTAVA.- PERIODO Y CONDICIONES DE REALIZACIÓN
El plazo límite para la realización del trabajo será, como máximo, de un año
improrrogable, a partir de la fecha de concesión de la ayuda.
Las ayudas se harán efectivas en los plazos y proporciones siguientes:
- un 50 % en el momento de la adjudicación.
- un 50 % previa presentación ante la Comarca de los trabajos finalizados.
NOVENA.- ANULACIÓN Y REINTEGRO
Procederá la anulación de la subvención y el reintegro de las cantidades
percibidas en los siguientes casos:
- la existencia de defectos en los requisitos requeridos.
- incumplimiento de la obligación de justificación.
- incumplimiento de la finalidad y condiciones a que está sujeta la concesión.
- incumplimiento de las obligaciones previstas en la base séptima
DÉCIMA.- PUBLICACIÓN
La Comarca de La Ribagorza publicará en el Tablón de Edictos, la relación
de las subvenciones concedidas, en el plazo de quince días desde la aprobación
de la concesión, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario
al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, y finalidad de la
subvención.
UNDÉCIMA.- IMPUGNACIÓN
La resolución por la que se aprueban las presentes bases pone fin a la vía
administrativa, pudiendo interponer contra la misma de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/
1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante
el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta
resolución. Si se optará por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que
se estime pertinente.
En Graus, a 20 de abril de 2009.- El presidente, José Franch Aventín
De:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=CONV&SEC=AYUDAS_PORTAL&FMT=CONVSUS2.fmt&DOCN=000006170

2 d’abril de 2009

Convergència democràtica de la Franja envia un comunicat a la RAE sobre el terme "chapurriau"


Excelentísimo señor director de la Real Academia Española,
En los últimos días, hemos podido leer con estupor en la prensa que una denominada plataforma “No hablamos catalán”, ha hecho llegar a esta Real Academia Española un escrito para solicitar de esta Entidad de arraigado prestigio, un informe en el que pide se reconozca una aberración científica como es la denominación de “chapurreau” a la lengua catalana que se habla en la franja oriental de Aragón. Los miembros de esta Real Academia Española ya se pronunciaron años atrás sobre este tema afirmando, entre otras cosas, que: ”...De acuerdo con todos los estudiosos de las lenguas románicas, el valenciano es una variante dialectal del catalán, es decir, del idioma hablado en las islas Baleares, en la Cataluña francesa y española en una franja de Aragón, en la mayor parte del País Valenciano, en el Principado de Andorra y en la ciudad sarda del Alguer”. Y esta proclamación iba rubricada por las firmas de personalidades como Dámaso Alonso, Vicente Aleixandre, Alonso Zamora, Emilio Alarcos, Pedro Sainz Rodríguez, Sr. marqués de Lozoya, Tomás Navarro, Ramón Carande, Fernando Lázaro Carreter, Antonio Buero Vallejo, Pedro Laín Entralgo, Ramón Carande, Salvador de Madariaga, José Mª Pemán, Miguel Batllori, Luis Rosales, Camilo José Cela, Miguel Delibes, Agustín Hillares.
En estos mismos términos se han expresado, en diferentes dictámenes, tanto universidades como la de Zaragoza, como reconocidos lingüistas a nivel nacional e internacional.
Creemos que el tema está perfectamente estudiado y reconocido a nivel científico. Por ello nos ha causado extrañeza que, según las informaciones recogidas por Europa Press, el día 24 de marzo del corriente, esta Real Academia Española haya tomado en consideración un escrito basado en términos totalmente alejados de la ciencia lingüística y cuya pretensión es claramente la utilización política de la lengua y del nombre de esta Real Academia, con la intención de anular las posibilidades de un reconocimiento oficial que permitan salvaguardar el uso tradicional e histórico de la lengua catalana en un territorio como el de Aragón en el que continúa, todavía hoy, incumpliéndose el mandato constitucional expresado en el artículo 3 de nuestra Carta Magna que reconoce en su apartado 2 que: “Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.”. Y que en su apartado 3 añade: “La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección”.
Creemos que, desde el punto de vista de la ciencia, hay elementos que están diáfanamente claros y no es aceptable dar alas de veracidad que eleven la incultura al rango de codearse con el saber científico y la realidad histórica. No creemos que esta Real Academia de la Lengua aceptara en ningún caso que cualquier pueblo de España de habla castellana, con las formas dialectales que fuera, presentara un escrito pidiendo la inclusión en el diccionario de que su lengua es una nueva lengua distinta de la castellana y a la que llamara “chapurreau” y escribieran con una ortografía ad libitum.
Esperamos, pues, del buen hacer que siempre ha demostrado esta honorable institución, que no alimente con su silencio las pretensiones manipuladoras de aquellos que lo que quieren no es reconocer una nueva lengua, sino destruir totalmente las posibilidades de recuperación de la lengua catalana en la franja oriental de Aragón con un reconocimiento digno, que alimente la autoestima de los hablantes, sabiendo que su lengua no es un “chapurreau”, algo desconsiderado y vergonzante, tal como lo define el diccionario: “hablar mal o con dificultad un idioma”.
Deseamos que nuestros conciudadanos sientan el orgullo de utilizar su lengua, una lengua que vienen hablando desde muchas generaciones atrás; que sepan que esta lengua, que tiene sus variantes dialectales, forma parte de una gran tradición histórica, que es una lengua que ha hecho aportaciones valiosas a la literatura universal, incluyendo a escritores destacados procedentes de estas mismas tierras aragonesas como Jesús Moncada y otros autores de prestigio. Que sepan que su lengua, como todas las lenguas, tiene un estándar, unas normas gramaticales y ortográficas que la dignifican, que se sientan respaldados para poder exigir a sus autoridades que protejan su uso y su oficialidad, tal como las leyes les amparan y tal como, por cierto, desde el mismo Consejo de Europa se ha venido exigiendo sin resultado hasta el presente.
Deseamos que, ante la situación que vive la lengua catalana en la franja oriental de Aragón, esta Real Academia Española, sensible a todo lo que a la lengua se refiere a nivel científico, muestre una vez más su postura contundente respecto a esta cuestión para no permitir que se continúe alimentando la incultura y la manipulación con terminologías y aseveraciones alejadas de de la opinión de la comunidad científica.
Aprovecho la ocasión para ponerme a su entera disposición y reciba mi más atento saludo.

Francisco Tejero Costa
Secretario General
Convergència Democràtica de la Franja
Fraga, 30 de marzo de 2009